
Colombia reglamenta las Zonas Especiales Econ?micas de Exportaci?n 2002-07-24, Fuente: Ministerio de Comercio Exterior / Colombia |
A trav?s de la expedici?n del Decreto 1227 del 12 de junio de 2002, el Gobierno nacional reglament? las Zonas Especiales Econ?micas de Exportaci?n -ZEEE-, las cuales funcionar?n en los municipios de Buenaventura, C?cuta, Ipiales y Valledupar.
El proceso de reglamentaci?n de las ZEEE, designadas por la Ley 677 de 2001, implic? una concertaci?n minuciosa entre entidades del sector p?blico, representates del sector privado y de las regiones, puesto que los lugares designados como Zonas requieren de esta herramienta para atraer el capital necesario que impulse su desarrollo.
Las Zonas Especiales Econ?micas de Exportaci?n en Colombia se convierten de esta forma en uno de los m?s novedosos incentivos a las inversiones con vocaci?n exportadora, que se espera atraigan no s?lo capital, sino que irriguen a las regiones con los aspectos positivos de la inversi?n, como lo son el aumento de los niveles de empleo, transferencia de tecnolog?a y el desarrollo.
Las ventajas de las ZEEE se centran principalmente en los aspectos laboral, tributario y aduanero, en donde se ofrecen incentivos importantes que contribuyen a la competitividad de sus productos en el exterior.
En materia tributaria, tendr?n los mismos incentivos que las Zonas Francas Industriales de bienes y servicios, como son la exclusi?n del pago de impuesto a la renta y complementarios, de los ingresos provenientes de las exportaciones.
Con respecto al tema aduanero, se aplicar? la normatividad especial establecida para los usuarios industriales de bienes y de servicios de zona franca. Adicionalmente, las transferencias al exterior no est?n sometidas a impuestos de renta ni de remesas. |
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